¿Cuál es la diferencia entre ISO 37001 e ISO 37301 en programas de cumplimiento?
febrero 4, 2025¿Qué estructura debe tener un Programa de Integridad bien diseñado?
febrero 6, 2025Introducción
Uno de los desafíos más comunes para las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en Chile que deben cumplir con la Ley 20.393 y participar en licitaciones públicas, es cómo diseñar, implementar y documentar correctamente su Programa de Integridad.
Una pregunta frecuente es:
¿Puede una empresa externa desarrollar el Programa de Integridad por mí? ¿Es válido legalmente?
La respuesta es sí, es totalmente válido —y en muchos casos recomendable—, siempre que se respeten ciertos principios de participación, adaptación, evidencia y legalidad.
En este artículo te explicamos qué puede hacer una empresa externa, qué debe hacer internamente tu empresa, y cómo garantizar que el programa sea válido y funcional ante el Estado, licitaciones o fiscalizaciones.
¿Qué dice la Ley 20.393 al respecto?
La Ley N° 20.393 establece que una empresa puede eximirse de responsabilidad penal si acredita que cuenta con un Modelo de Prevención de Delitos implementado de manera efectiva.
El artículo 4° de la ley señala que:
“Será un eximente de responsabilidad contar con un modelo de organización, administración y supervisión adecuado para prevenir los delitos.”
La ley no exige que el modelo sea elaborado por el equipo interno de la empresa. Lo que importa es que:
- Esté adaptado a la realidad de la empresa
- Se encuentre implementado efectivamente
- Exista evidencia documentada de su aplicación
¿Puede Maxing o cualquier empresa externa diseñar el programa?
Sí. Una empresa experta como Maxing puede:
- Diagnosticar el nivel de cumplimiento actual
- Diseñar el programa completo desde cero
- Redactar políticas internas, código de ética y procedimientos
- Crear e implementar el canal de denuncias
- Capacitar al personal
- Organizar la carpeta de cumplimiento lista para licitar
Pero hay algo que no puede delegarse por completo:
el compromiso, la participación y la aplicación interna del programa.
¿Qué debe hacer tu empresa para que el programa sea válido?
Aunque una empresa externa pueda desarrollarlo, debe haber participación real del equipo interno. La empresa contratante debe:
- Firmar el Programa y el Código de Ética
- Designar formalmente al encargado o comité de cumplimiento
- Participar en la validación de políticas y procesos
- Asegurarse de que el canal de denuncias esté activo y conocido
- Capacitar efectivamente al equipo (puede ser con apoyo externo)
- Revisar y actualizar el programa al menos una vez al año
En Maxing, trabajamos con tu equipo directamente para asegurar la implementación real y trazable. Conoce cómo en nuestros Servicios.
¿Qué debe entregar la empresa externa?
Una empresa profesional debe entregarte:
- El Programa de Integridad completo (PDF y editable)
- Código de ética y políticas personalizadas
- Formatos de actas, registros y procedimientos internos
- Plataforma o canal de denuncias funcional
- Actas de capacitación, listas de asistencia y materiales
- Carpeta de cumplimiento digital con toda la evidencia
Todo esto debe estar firmado, fechado y alineado con la Ley 20.393, el Dictamen CGR y la Ley 21.595.
¿Es válido ante el Estado un programa desarrollado por terceros?
Sí, siempre que:
- Esté adaptado a la empresa (no genérico)
- Tenga evidencia de implementación
- El canal de denuncias funcione de verdad
- La empresa lo haya firmado y comunicado internamente
- Exista capacitación documentada al personal
Las bases de licitación, el portal ChileCompra y la CGR no rechazan programas por haber sido desarrollados por empresas externas, pero sí observan si el programa:
- Está activo
- Está implementado
- Puede ser demostrado con documentos y registros
¿Qué errores debes evitar al trabajar con una empresa externa?
- ❌ Usar una plantilla genérica sin adaptación
- ❌ No firmar ni aprobar el programa internamente
- ❌ No capacitar al personal
- ❌ Activar un canal de denuncias ficticio o no funcional
- ❌ No tener respaldo documental del proceso
¿Qué ventajas tiene trabajar con expertos externos?
- ✅ Ahorro de tiempo y recursos internos
- ✅ Estructura profesional y legalmente válida
- ✅ Redacción clara y orientada a las exigencias del Estado
- ✅ Implementación rápida y enfocada en resultados
- ✅ Acompañamiento ante licitaciones, fiscalizaciones o consultas
¿Buscas una solución completa y adaptada a tu empresa? Escríbenos desde nuestro Formulario de Contacto.
Conclusión
Una empresa externa sí puede diseñar y apoyar completamente la implementación de tu Programa de Integridad, siempre que haya un trabajo conjunto, evidencia y participación real de tu equipo.
El programa debe estar adaptado, activo y alineado con la legislación chilena para ser válido ante cualquier licitación o auditoría.
En Maxing, acompañamos a PYMES de todo Chile a desarrollar, aplicar y mantener Programas de Integridad eficaces, confiables y totalmente compatibles con lo que exige el Estado.